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¿Qué hacer ante una pérdida de aptitudes para conducir?

El envejecimiento es un proceso vital del que se derivan importantes cambios físicos, psíquicos y funcionales que incrementan la vulnerabilidad de la persona mayor. Algunos de esos cambios traen consigo la aparición de enfermedades que limitan la capacidad para desarrollar una conducción eficiente y segura, incrementando la accidentalidad. Por ello, el interés general y la necesaria protección de la seguridad del tráfico y, por extensión, de la vida e integridad física de los usuarios de las vías públicas, obliga a extremar la atención sobre el hecho de que circulen por nuestras carreteras personas que hayan perdido las aptitudes psicofísicas precisas para conducir con seguridad.

 

Esta realidad, en cuanto se proyecta en el marco del envejecimiento activo de nuestros mayores, no ha pasado desapercibida para la investigación que se realiza en la Universidad de Murcia. Y es que es un hecho que en las sociedades modernas conducir va más allá de la satisfacción de las necesidades de transporte, para revelarse como una forma de afianzamiento de la autonomía y confianza de quien practica la conducción.

 

Investigadores del Proyecto EDEA titulado El ejercicio de los derechos en el marco del envejecimiento activo participaron, a finales de 2019, en el ‘I Congreso Nacional sobre deterioro de las aptitudes del conductor senior en el marco del envejecimiento activo: seguridad vial y deber de confidencialidad del médico’, un encuentro financiado por la Fundación Séneca. El trabajo realizado en el marco de dicho Congreso apuntó a un objetivo principal: el estudio de la incidencia del menoscabo de las aptitudes psicofísicas del conductor senior en la seguridad vial.

 

Las conclusiones del Congreso se posicionaron en idéntica dirección: la necesidad de lograr soluciones al dilema al que se enfrentan los facultativos cuando en la horquilla temporal entre dos revisiones del permiso o la licencia de conducción (diez años mientras su titular no cumpla los sesenta y cinco años y de cinco años a partir de esa edad) detectan que el paciente ha visto menoscabadas sus aptitudes psicofísicas para la conducción. Esa reducción de facultades puede ser como consecuencia de la aparición o agravación de una patología previa, por un trastorno mental o de conducta o por la ingesta de sustancias como los fármacos necesarios para tratar sus dolencias, entre otras causas posibles. El dilema al que se enfrenta el profesional es comunicar tal incidencia a la Jefatura Provincial de Tráfico vs. guardar la confidencialidad que impone su profesión.

 

 

Comisión normativa multidisciplinar

Con el propósito de dar respuesta a las inquietudes planteadas, en el marco del Proyecto EDEA y con la colaboración del Proyecto Datos de salud: claves ético-jurídicas para la transformación digital de la sanidad, financiado por la Fundación Séneca, se creó una comisión normativa para preparar un texto que modificase el Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. La idea es incorporar al mismo la posibilidad de que el facultativo pudiera comunicar a la Jefatura Provincial de Tráfico la pérdida de aptitudes psicofísicas de los pacientes conductores cuando, en el ejercicio de su actividad asistencial, considerase que la enfermedad o patología del paciente o el tratamiento prescrito pudiera poner en grave riesgo la seguridad vial. La propuesta indica que “dicha comunicación deberá cumplir con los principios y garantías establecidas en la normativa de protección de datos personales”, garantizando que “las personas que accedan a esta alerta estarán sujetas al deber de confidencialidad”.

 

En dicha propuesta normativa, que fue presentada por el Rector de la Universidad de Murcia y por el Fiscal de Sala de Seguridad Vial de la Fiscalía del Estado el pasado 29 de abril, han participado académicos integrantes de los mencionados proyectos pertenecientes a distintas disciplinas: Derecho civil (Dra. Susana Morales Saura, Dra. M.ª Belén Andreu Martínez, Dra. Ascensión Leciñena Ibarra), Derecho administrativo (Dr. Julián Valero Torrijos), Medicina legal (Dr. Eduardo Osuna Carrillo de Albornoz) y Psicología (Dra. Inmaculada Méndez Mateo).

 

“Este texto supone un paso más hacia la consecución de un logro, de suerte incierta, pero de necesidad contrastada, como es la reforma que se propone”, según señala Ascensión Leciñena Ibarra, coinvestigadora principal del Proyecto EDEA, quien destaca que “en otros ámbitos como es la conducción profesional ya se ha logrado que la Seguridad Social comunique al organismo autónomo, Jefatura Central de Tráfico, la incapacidad permanente de un trabajador profesional de la conducción como consecuencia de presentar una limitación orgánica y/o funcional que disminuya o anule su capacidad de conducción de vehículos a motor”. Así se recoge en el Real Decreto-ley 2/2021, de 26 de enero, de refuerzo y consolidación de medidas sociales en defensa del empleo que reforma del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 

Con idéntico objetivo de canalizar la información desde los centros médicos hasta las Jefaturas de Tráfico, en la Memoria Fiscal 2020, el Fiscal de Sala de Seguridad Vial propuso reformar el Art. 70 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y el Art. 16 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

 

“No hay duda de la oportunidad de la propuesta normativa realizada por estos dos Proyectos de Investigación de la UMU, afianzada por las intervenciones en idéntica dirección de otras instancias oficiales. Solo resta que el camino iniciado sirva para alcanzar el objetivo propuesto, que no es otro que el de garantizar la vida e integridad física de nuestros mayores y el de todos los usuarios de las vías públicas”, puntualiza la investigadora.

 

Ascensión Leciñena Ibarra es coinvestigadora principal del Proyecto EDEA El ejercicio de los derechos en el marco del envejecimiento activo, FEDER/Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades / Agencia Estatal de Investigación. Con la colaboración del Proyecto Datos de salud: claves ético-jurídicas para la transformación digital de la sanidad, financiado por la Fundación Séneca. Agencia de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia, cuya investigadora principal es María Belén Andreu Martínez.